ADOPCIONES
CON CITA PREVIA
adopciones@consulcobcn.com
REQUISITOS
1. FORMULARIO DE SOLICITUD
Versión Excel (252 KB)
Versión Comprimida (152 KB)
2. REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO DE LOS SOLICITANTES
Literal. Deben presentarse legalizados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Calle Buenaventura Muñoz, n°l, telf. 93-486.61.85). El tipo de legalización es la Apostilla de la Convención de La Haya de 1961.
Si los registros son de otra Comunidad, deben estar legalizados por el Tribunal Superior de Justicia de dicha Comunidad. Si son de otra nacionalidad deben poseer la Apostilla efectuada en el país de origen por la autoridad competente en dicho país.
3. REGISTRO CIVIL DE MATRIMONIO O CERTIFICADO DE CONVIVENCIA
Literal. Para la legalización igual que el punto 2.
4. CERTIFICADO SOBRE CAPACIDAD ECONÓMICA.
Expedida por la entidad donde laboran, en la cual conste tiempo de servicios y sueldo devengado en euros o equivalencia en dólares. Si laboran en forma independiente, deben enviar la última declaración de renta. Pueden añadir propiedades u otros bienes.
Todo ello debe estar legalizado por cualquier Notario y Apostillado por el Colegio de Notarios (calle Notariado n°4 de Barcelona, telf.93-317.48.00).
5. CERTIFICADO VIGENTE DE ANTECEDENTES PENALES DE LOS SOLICITANTES.
Expedido por la autoridad competente, dónde conste que no tienen antecedentes penales. Caduca a los tres meses. Delegación del M. Justicia en Barcelona: Pau Clarís, nº158-160 bajos Telf.93-482.34.72 y 93-482.34.90. Legalizados por Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (igual que punto 2) Tipo de legalización Apostilla de La Haya.
6. CERTIFICADOS MÉDICOS OFICIALES.
Que digan textualmente que "no padecen enfermedades físicas ni mentales", y que son aptos para adoptar. Expedidos por un médico legalmente autorizado y legalizados por el Colegio Oficial de Médicos correspondiente (en Barcelona, Paseo de la Bonanova n°47, telf.93-418.88.88). Después deberán legalizarlo ante el Notario que les diga el Colegio de Médicos y Apostillarlo en el Colegio de Notarios.
7. DOCUMENTO QUE CERTIFIQUE OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD DE LOS HIJOS ADOPTADOS ANTERIORMENTE EN CUALQUIER PAÍS.
Debe presentarse el registro civil literal de nacimiento español del menor, que debe estar Apostillado igual que en le punto 1. Si dicho registro lo ha expedido el registro central de Madrid, la Apostilla debe hacerse en el Ministerio de Justicia (calle San Bernardo, nº45 Telf.91-390.20.11).
Todos los documentos escritos en idioma diferente al Español, deben ser traducidos por un traductor oficialmente reconocido en Colombia para lo cual deben anexar una carta de la familia autorizando a dicho traductor para que adelante los tramites de traducción y legalización según sea el caso.
Además pueden anexar una carta de presentación, así como algunas fotografías de la familia directa y el entorno familiar, video o grabación.
DOCUMENTOS QUE PREPARA LA GENERALITAT DE CATALUÑA Y QUE DEBEN ANEXARSE AL EXPEDIENTE
8. CERTIFICADO DE COMPROMISO DE SEGUIMIENTO
Lo expide la Generalitat, Instituto Catalán para el Acogimiento y la Adopción (ICAA-Avda Paral.lel No 52, 3 08001 Barcelona).
Telf.directo en Generalitat de la persona que lleva Colombia 93-483.15.40
9. ORIGINAL DEL INFORME PSICOSOCIAL ELABORADO POR UN PROFESIONAL COMPETENTE VINCULADO Y RECONOCIDO POR EL ICAA Y QUE COORDINE CON EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR PROGRAMAS DE ADOPCIÓN A NIVEL INTERNACIONAL
10. CERTIFICADO DE IDONEIDAD EXPEDIDO POR EL ICAA
Los puntos 8, 9 y 10 deben solicitarse al Instituto Catalán de Acogimiento y Adopción (ICAA) quién además de expedirlos los legaliza ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y los envía directamente al Consulado dónde llegan ya con la Apostilla.
Para cualquier duda sobre este listado llamar al Consulado General de Colombia en Barcelona, telf. 93-412.78.28 ext.1202 (Carmen) o adopciones@consulcobcn.com
Datos del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF): Grupo de Adopciones de la Subdirección de Intervenciones Directas del ICBF, Avenida 68, Nº64-01 en Bogotá (Colombia) Teléfonos:00-57-1-437.76.70 ext. 2321-2323, Fax ext 2326
www.icbf.gov.co
IMPORTANTE
PARA VIAJAR A COLOMBIA CON EL FIN DE ADOPTAR SE NECESITA VISADO, QUE SE TRAMITA EN ESTE CONSULADO. SOLICITAR INFORMACIÓN EN TELF. 93- 412.78.28 EXT 1201 O EN
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NOTA: Para solicitar la cita llamar al 93-412.78.28 ext.1202 en el horario señalado o solicitarlo vía correo electrónico a adopciones@consulcobcn.com
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