JUANA INÉS DÍAZ TAFUR
Cónsul General

 

Circunscripción:
Comunidades de Catalunya
Aragón
Principado de Andorra.


[Como Llegar] [Dias Festivos]

 

 

HORARIO DE ATENCIÓN
LUNES A VIERNES
DE 9:00 – 14:00

Atención Telefónica

Mañana: 8:30 a 9:30
Tarde:  15:00 a 16:30

La realización de un trámite en el Consulado tiene un día y un horario específico, consúltelo en el apartado de Trámites Consulares.

 

 

 

 

 

 

Videos sobre Colombia aquí...

 

 

 

www.cancilleria.gov.co

 

 

 

 

 

 

 

GUIA PARA COLOMBIANOS EN EL EXTERIOR

 

 

 

 

 

 

 

http://horalegal.sic.gov.co/

 

 

 

 

TARJETAS MILITARES PARA CIUDADANOS COLOMBIANOS
EN EL EXTERIOR

 

MUY IMPORTANTE:Este trámite tiene cobro. El recibo ORIGINAL de la consignación debe entregarse al Consulado. Por disposición del Ministerio bajo ninguna circunstancia se aceptan copias del banco. En caso de pérdida, debe volver a ingresar el importe, por eso le recomendamos no perderlo.
La caducidad del recibo de pago es de tres meses a partir de la fecha en la que realizó el ingreso en el banco, si usted no gestiona el trámite, puede solicitar su devolución dentro de este periodo; en caso contrario dicho dinero será remitido al Ministerio de Relaciones Exteriores (Fondo Rotatorio - Carrera 5A No. 9.03 Bogotá - Colombia), entidad a la cual usted deberá dirigirse para su devolución.

Provisional
Reservista segunda clase
Duplicados


Días de atención: Lunes, Miércoles y Viernes
Horario:  9:00 a 14:00

 

Sin cita previa



 

TARJETA PROVISIONAL

Los ciudadanos colombianos que se encuentren entre dieciocho (18) y veintisiete (27)  años tienen derecho a la tarjeta provisional por dos años.

 
REQUISITOS

·         Dos fotografías de 2.5X4.5 cm., de frente y con fondo azul.

·         2 Fotocopias de la cédula de ciudadanía colombiana ampliada al 50%.

·         2 Fotocopias del pasaporte y de la visa o tarjeta de residencia.

·         Dirección completa y lugar de residencia del ciudadano.

·         Recibo de consignación individual por U$ 115,00 el cual debe contener el nombre completo del ordenante, el valor del monto y el concepto del pago. Entendiéndose como ordenante el ciudadano que está diligenciando el documento. La consignación se debe hacer mediante el siguiente procedimiento:

 

BANCO INTERMEDIARIO

Nombre                     : Citibank
Ciudad y país            : New York - USA
Código ABA             : 021000089
Código SWIFT         :CITIUS33

BANCO TENEDOR DE LA CUENTA

Nombre                     : Banco de Occidente
Ciudad y país            : Bogotá, Colombia
Dirección                   : Carrera 10 No 14-44
N° de Cuenta            : 10950229
Código SWIFT         : OCCICOBCBO2
CHIPS                       : 0008

 CLIENTE BENEFICIARIO

Nombre                        : Tesorería Dirección de Reclutamiento y Control  Reservas.

Cuenta                       : 200120772

Sucursal                     : Banco de Occidente

Ciudad y país            : Bogotá, D.C. Colombia

Dirección                   : Avenida Caracas N° 9 - 51

Teléfono                     : 3362211 extensión 150

 

NOTA: Los costos de giro o transferencia deberán ser asumidos por el ordenante en el país en que se encuentre.

 

 

TARJETA RESERVISTA SEGUNDA CLASE

Los ciudadanos colombianos mayores de 28 años tienen derecho a la tarjeta de reservista de segunda clase.

 

REQUISITOS

 ·         2 Fotocopias del pasaporte y de la visa o tarjeta de residente.

·         2 Fotocopias de la cédula de ciudadanía colombiana ampliada al 50%.

·         Si el ciudadano se inscribió con anterioridad con tarjeta de identidad, debe enviar también este Número.

·         Dirección completa de la residencia del ciudadano.

·         Uno de los siguientes documentos según el caso particular:

-      Declaración de renta para personas naturales.

-     Declaración de renta para personas socias de sociedades y para comerciantes.

-      Certificado de ingresos y retenciones.

-     Constancia de trabajo expedida por el empleador.

·         Certificado de la oficina de catastro o su equivalente en el país de residencia y fotocopia

·         2 Fotocopias del diploma de bachiller y acta de grado si es el caso.

·         Dos fotografías recientes de 2.5 X 4.5 cm., de frente y con fondo azul.

 

LIQUIDACIÓN  Y NOTIFICACIÓN DE LA CUOTA DE COMPENSACIÓN MILITAR

 

·     Con base en los documentos enviados a Colombia, y la información registrada en el Sistema de Información de Reclutamiento (SIR), la Dirección procede a liquidar el valor de la Cuota de Compensación Militar por intermedio del Distrito Militar designado para tal fin.

   El resultado de la liquidación será enviado al consulado para notificación del interesado y cancelación del valor correspondiente. El consulado debe archivar copia de la mencionada notificación.

 

CONSIGNACIONES POR PARTE DEL CIUDADANO

 

1.      U$ 115,00 por concepto de expedición de la tarjeta mediante el siguiente procedimiento:

 

·    Recibo de consignación individual por U$ 115,00 el cual debe contener el nombre completo del ordenante, el valor del monto y el concepto del pago. Entendiéndose como ordenante el ciudadano que está diligenciando el documento. La consignación se debe hacer mediante el siguiente procedimiento:

 

BANCO INTERMEDIARIO

Nombre                     : Citibank
Ciudad y país            : New York - USA
Código ABA             : 021000089
Código SWIFT         :CITIUS33

BANCO TENEDOR DE LA CUENTA

Nombre                     : Banco de Occidente
Ciudad y país            : Bogotá, Colombia
Dirección                   : Carrera 10 No 14-44
N° de Cuenta            : 10950229
Código SWIFT         : OCCICOBCBO2
CHIPS                       : 0008

 

CLIENTE BENEFICIARIO

Nombre                        :Tesorería Dirección de Reclutamiento y Control  Reservas.

Cuenta                       : 200120772

Sucursal                     : Banco de Occidente

Ciudad y país            : Bogotá, D.C. Colombia

Dirección                   : Avenida Caracas N° 9 - 51

Teléfono                     : 3362211 extensión 150

 

2.     La Cuota de Compensación Militar la cancelará el ciudadano mediante cheque de gerencia a favor del Fondo de Defensa Nacional.

Original del Cheque de Gerencia por el valor de la Cuota de Compensación Militar en dólares estadounidenses, colocándole al respaldo los nombres,  apellidos y No de Identificación Colombiana del interesado.

 

 

DUPLICADOS DE TARJETAS

 

REQUISITOS

·         Dos fotografías de 2.5X4.5 cm., de frente y con fondo azul.

·         Dos fotocopias de la cédula de ciudadanía colombiana ampliadas al 50%.

·         2 Fotocopias del denuncio ante el cónsul si es por pérdida, entrega de la tarjeta anterior si es por deterioro o cambio de profesión y en este caso fotocopia del diploma correspondiente avalado por el ICFES.

·         Número de la tarjeta anterior, fecha de expedición y Distrito Militar si fue expedida antes de 1990.

·         Dirección completa de la residencia del ciudadano.

·         Fotocopia y Recibo de consignación individual por U$ 115,00 el cual debe contener el nombre completo del ordenante, el valor del monto y el concepto del pago. Entendiéndose como ordenante el ciudadano que está diligenciando el documento.

 

La consignación se hará mediante el siguiente procedimiento:

 

BANCO INTERMEDIARIO

Nombre                     : Citibank
Ciudad y país            : New York - USA
Código ABA             : 021000089
Código SWIFT         :CITIUS33

 

BANCO TENEDOR DE LA CUENTA

Nombre                     : Banco de Occidente
Ciudad y país            : Bogotá, Colombia
Dirección                   : Carrera 10 No 14-44
N° de Cuenta            : 10950229
Código SWIFT         : OCCICOBCBO2
CHIPS                       : 0008

 

CLIENTE BENEFICIARIO

Nombre                        : Tesorería Dirección de Reclutamiento y Control  Reservas.

Cuenta                       : 200120772

Sucursal                     : Banco de Occidente

Ciudad y país            : Bogotá, D.C. Colombia

Dirección                   : Avenida Caracas N° 9 - 51

Teléfono                     : 3362211 extensión 150

 

NOTA: Los costos de giro o transferencia deberán ser asumidos por el ordenante en el país en que se encuentre.

 

 

 

 

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