JUANA INÉS DÍAZ TAFUR
Cónsul General

 

Circunscripción:
Comunidades de Catalunya
Aragón
Principado de Andorra.

[Como Llegar] [Dias Festivos]

 


HORARIO DE ATENCIÓN
LUNES A VIERNES
DE 8:30 – 14:30

 

ATENCIÓN TELEFÓNICA

DE 15:00 A 17:00 HORAS.

 


La realización de un trámite en el Consulado tiene un día y un horario específico, consúltelo en el apartado de Trámites Consulares.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Videos sobre Colombia aquí...

 

 

 

www.cancilleria.gov.co

 

 

 

 

 

 

 

 

GUIA PARA COLOMBIANOS EN EL EXTERIOR

 

 

 

 

RECUERDE:

 

Desde el 2 de octubre del 2008, el Consulado General de Colombia en Barcelona cambió de sede.

C/ PAU CLARIS, 102. Primera planta.

08009 Barcelona.

 

Como Llegar

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CERTIFICADO JUDICIAL  CONSULAR

 

Este trámite se realiza sólo mediante cita previa

Ver tarifas

 


El Certificado Judicial Consular (o antecedentes penales o pasado judicial) es el documento expedido por el Consulado General de Colombia en donde se certifica, previa comprobación con el Departamento Administrativo de Seguridad DAS, si un ciudadano (a) colombiano (a) mayor de edad, tiene o no, antecedentes penales. Para las autoridades colombianas tiene una validez de un año, a partir de la fecha de su expedición. Las autoridades españolas le otorgan una vigencia inferior.


REQUISITOS
El trámite es personal. Se requiere tomar huellas dactilares del solicitante.

    1. Cédula de ciudadanía vigente o contraseña de cédula vigente (no mayor de cinco años) y una fotocopia.
    2. Dos fotos tamaño carné; recientes, iguales y en fondo blanco.
    3. Este trámite tiene costo (ver tarifas). Opciones de pago:
      1. Tarjeta débito o crédito en la ventanilla del Consulado el día y hora de su cita
      2. Consignación realizada en el Banco BBVA por el valor exacto a la cuenta Nº 0182-1797-32-0208000358Recibo, deberá presentar el recibo original en la ventanilla.
      3. Transferencia bancaria desde otro Banco, la cual se debe realizar mínimo dos días hábiles antes de la cita y presentar el respectivo recibo.

La caducidad del recibo de pago es de tres meses a partir de la fecha en la que hizo el ingreso en el banco, si usted no realiza el trámite, puede solicitar su devolución dentro de este período; en caso contrario dicho dinero será remitido al Ministerio de Relaciones Exteriores (Fondo Rotatorio Carrera 5 Nº 9-03 Bogotá-Colombia), entidad en la cual deberá dirigirse para su devolución.


ENTREGA
A partir de la fecha de trámite, (30) días aproximadamente y consulte en el siguiente link:VER LISTADO por número de cédula, en la parte donde dice Certificado Judicial.  Si ya está en la lista, puede recogerlo sin cita de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 con documento de identidad COLOMBIANO en la recepción del Consulado, también puede autorizar a un amigo o familiar, quien deberá presentar:

    1. Nota de autorización
    2. Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía o pasaporte de quien tramitó el Certificado Judicial.

IMPORTANTE: No se admite NIE, DNI o licencia de conducir como documentos válidos para recoger Certificados Judiciales.

 

 

 

La página web del Consulado de Colombia en Barcelona presenta algunas direcciones en internet que hacen referencia a sitios web de interés nacional o internacional, únicamente con el fin de prestar un servicio adicional de información o consulta.Por lo tanto, no asume responsabilidad alguna sobre los contenidos de cada una de las páginas vinculadas.

Mapa del sitio - www.presidencia.gov.co - www.minrelext.gov.co -

 

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