Importante: Este trámite se atiende SOLO para nacimientos, matrimonios y defunciónes en la circunscripión de este consulado, CATALUÑA, ANDORRA y ARAGÓN.
INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTOS
INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO
INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN
POR CORREO
INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTOS
Días de atención: Lunes, Miércoles y Viernes
Horario: 9:00 a 14:00
SI VA A SOLICITAR PASAPORTE PARA EL MENOR QUE DESEA REGISTRAR, DEBE SOLICITAR CITA PREVIA EN LA SECCIÓN DE SERVICIOS CONSULARES-PASAPORTES- PASAPORTE MENOR DE 7 AÑOS.
SIN CITA PREVIA PARA PASAPORTES NO SERÁ ATENDIDA SU PETICIÓN
REQUISITOS:
1. Registro literal de nacimiento, se solicita en el registro civil. (No sirve el libro de familia).
2. Una copia del documento de identidad de cada uno de los padres. Para colombianos es indispensable Cédula o Pasaporte y para extranjeros, el documento nacional de identidad que corresponda.
3. Grupo sanguíneo del bebé.
4. Presentación personal del menor, porque se hace toma de huellas.
5. En caso de no existir matrimonio entre los padres, obligatoriamente debe presentarse el padre para hacer el reconocimiento del menor. Si los padres no están casados, y el padre no se encuentre presente, pero su nombre y firma aparece en el Certificado literal de Nacimiento Español Debidamente Apostillado, tendrá el apellido del padre. En caso contrario, deberá presentarse el reconocimiento del padre mediante escritura pública.
NOTA: Sólo los nacimientos ocurridos en nuestra jurisdicción (Cataluña, Aragón y Andorra).
INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO
Días de atención: Lunes, Miércoles y Viernes
Horario: 9:30 - 14:00
REQUISITOS:
1. Registro literal de matrimonio, se solicita en el Registro Civil (No sirve el libro de familia).
2. Una copia del documento de identidad de cada uno de los cónyuges. Para colombianos es indispensable Cédula o Pasaporte y para extranjeros, el documento nacional de identidad que corresponda.
3. Presentación de alguno de los dos cónyuges o pariente directo.
NOTA: Sólo matrimonios ocurridos en la jurisdicción de este Consulado (Cataluña, Aragón y Andorra).
INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN
Días de atención: Lunes, Miércoles y Viernes
Horario: 9:30 - 14:00
REQUISITOS:
1. Registro civil de defunción.
2. Documentos de identidad del difunto: cédula de ciudadanía y pasaporte.
3. Documento de identidad de la persona que haga la declaración o trámite (puede ser pariente, funcionario de clínica u hospital donde haya ocurrido la defunción, autoridad o funcionario de la empresa funeraria en donde se haya celebrado el trámite de entierro).
NOTA: Para trasladar al difunto a Colombia, debe tramitar un certificado en el Consulado que se hará con el certificado de incineración o el de embalsamiento, además del registro de defunción.
REGISTRO CIVIL POR CORREO
MUY IMPORTANTE: Este trámite tiene cobro. El recibo ORIGINAL de la consignación debe entregarse al Consulado. Por disposición del Ministerio bajo ninguna circunstancia se aceptan copias del banco. En caso de pérdida, debe volver a ingresar el importe, por eso le recomendamos no perderlo.
Días de atención: Lunes, Miércoles y Viernes
Horario: 9:30 - 14:00
La inscripción por correo opera para inscribir, extemporáneamente, en el registro civil, el nacimiento ocurrido en el territorio nacional, de personas:
- Residentes en el exterior.
- Residentes en lugares apartados del territorio patrio, con relación a aquél en donde deba efectuarse el registro.
- Que por motivos justificados sea inconveniente su comparecencia.
La solicitud de inscripción debe ser formulada por:
- Los representantes legales.
- Los parientes (mayores de edad) más próximos.
- Las personas mayores de edad que hubieran presenciado el nacimiento o tenido noticia directa y fidedigna del hecho.
- El propio interesado mayor de edad.
REQUISITOS
- Presentarse en el Consulado quien vaya a solicitar el registro con el original de su documento de identidad.
- Presentar recibo original de consignación en el Banco BBVA por valor de (ver tarifas ) a nombre del Consulado General de Colombia en el Nº de Cuenta 0182-1797-32-0208000358.
- Presentar un documento antecedente o base en original y copia (partida de bautismo o de otros credos, cédula, pasaporte, certificado médico, derechos notariales por copia, porte por correo) para diligenciar el registro civil.
- Saber los siguientes datos de la persona a quien se va a registrar: Nombres y apellidos, fecha, hora y lugar de nacimiento, dirección de residencia actual. Así mismo, nombres y apellidos de soltera de la madre y del padre, ocupación y edad de éstos en el momento del nacimiento del inscrito, nacionalidades y número de documentos de identidad.
NOTA: El formulario diligenciado y firmado por el Cónsul se entrega el mismo día.
Después de diligenciado el formulario en el Consulado, el ciudadano debe:
1. Hacer legalizar la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá, (Transversal 17A Nº. 98-45), tanto del formulario del Registro Civil como de la fotocopia autenticada del documento base.
2. Enviar el formulario a la Notaría del municipio en el que haya nacido para que le elaboren el registro civil.
3. Llevar el Registro Civil a la Super Intendencia de Notariado y Registro de Bogotá, (Calle 26 Nº 13-49 In. 201. Teléfono 328 21 21)
Hacer apostillar el Registro Civil en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá (Calle 98 Nº 17A-34 Teléfono 525 18 60)