JUANA INÉS DÍAZ TAFUR
Cónsul General

 

Circunscripción:
Comunidades de Catalunya
Aragón
Principado de Andorra.


[Como Llegar] [Dias Festivos]

 

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HORARIO DE ATENCIÓN
LUNES A VIERNES
DE 9:00 – 14:00

Atención Telefónica

Mañana: 8:30 a 9:30
Tarde:  15:00 a 16:30

 

La realización de un trámite en el Consulado tiene un día y un horario específico, consultelo en el apartado de Trámites Consulares.

 

 

TRABAJO SOCIAL

 

Informa y asesora a colombianos en temas de: Familia e Integración Social. Horario: Martes y Jueves de 9 - 14h, Fax: 934127540, Cita Previa: trabajosocial@consulcobcn.com.

 

 

 

AUTORIZACIÓN DE SALIDA DE MENOR DESDE COLOMBIA

 MUY IMPORTANTE: Estos trámite tienen cobro. El recibo ORIGINAL de la consignación debe entregarse al Consulado. Por disposición del Ministerio bajo ninguna circunstancia se aceptan copias del banco. En caso de pérdida, debe volver a ingresar el importe, por eso le recomendamos no perderlo.
La caducidad del recibo de pago es de tres meses a partir de la fecha en la que realizó el ingreso en el banco, si usted no gestiona el trámite, puede solicitar su devolución dentro de este periodo; en caso contrario dicho dinero será remitido al Ministerio de Relaciones Exteriores(Fondo Rotatorio - Carrera 5A No. 9.03 Bogotá - Colombia), entidad a la cual usted deberá dirigirse para su devolución.

Este trámite se realiza sólo mediante cita previa

Conforme a la regulación colombiana, los menores de 18 años (colombianos o extranjeros domiciliados en Colombia) que vayan a salir de Colombia, sin la compañía de sus dos padres o de alguno de los dos, deben presentar ante las autoridades del DAS el documento "Autorización de salida del menor", suscrito por el (los) padre(s) ausente(s) al momento de la salida de Colombia.

REQUISITOS:

  • Presentación personal del padre(s) que no vayan a viajar con sus hijos desde Colombia
  • Cédula de ciudadanía del (de los) padre (s) y una fotocopia. Si la salida de menor es para ser presentada en la Embajada de España para los trámites de visado, debe traer DNI o NIE y fotocopia del mismo.
  • Número de Registro Civil o Pasaporte del menor
  • Ingreso del importe exacto( Ver tarifas ) a nombre del Consulado General de Colombia en el Nº de Cuenta   0182-1797-32-0208000358  del Banco BBVA.
  •  Presentar el Recibo original de consignación.
(Si hace usted una transferencia bancaria, desde otro Banco, debe esperar dos dias hábiles. Pasados estos dias uste podra presentarse en el Consulado para realizar su trámite)

 

Antes de presentarlo en el DAS, debe legalizar la firma del Cónsul en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá. (Transversal 17 A Nº 98-55)      

Esta autorización tiene dos (2) meses de vigencia, a partir de la fecha en que se expide en el Consulado.

EL DAS exige el documento original  de la Autorización de Salida de Menor y la presentación de un Registro Civil del menor autenticado en la notaria correspondiente.


Formularios:

1. Salida de menor 1 padre EMBAJADA.doc
2. Salida de menor 2 padres EMBAJADA.doc
3. Salida de menor 1 padre DAS.doc

Nota: aunque los menores nacidos en España hijos de padre o madre colombiano(a) quienes no han sido registrados como colombianos, no necesitan la autorización de salida de menor de Colombia; les informamos que hemos conocido casos en los que funcionarios del DAS que han solicitado este documento con el fin de proteger la seguridad de los menores. Este trámite tiene un costo que varía según el cambio del dólar.

 

 

 

La página web del Consulado de Colombia en Barcelona presenta algunas direcciones en internet que hacen referencia a sitios web de interés nacional o internacional, únicamente con el fin de prestar un servicio adicional de información o consulta.Por lo tanto, no asume responsabilidad alguna sobre los contenidos de cada una de las páginas vinculadas.

Mapa del sitio - www.presidencia.gov.co - www.minrelext.gov.co -

 

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