AUTORIZACIÓN DE SALIDA DE MENOR DESDE COLOMBIA
MUY IMPORTANTE: Estos trámite tienen cobro. El recibo ORIGINAL de la consignación debe entregarse al Consulado. Por disposición del Ministerio bajo ninguna circunstancia se aceptan copias del banco. En caso de pérdida, debe volver a ingresar el importe, por eso le recomendamos no perderlo.
La caducidad del recibo de pago es de tres meses a partir de la fecha en la que realizó el ingreso en el banco, si usted no gestiona el trámite, puede solicitar su devolución dentro de este periodo; en caso contrario dicho dinero será remitido al Ministerio de Relaciones Exteriores(Fondo Rotatorio - Carrera 5A No. 9.03 Bogotá - Colombia), entidad a la cual usted deberá dirigirse para su devolución.
Este trámite se realiza sólo mediante cita previa
Conforme a la regulación colombiana, los menores de 18 años (colombianos o extranjeros domiciliados en Colombia) que vayan a salir de Colombia, sin la compañía de sus dos padres o de alguno de los dos, deben presentar ante las autoridades del DAS el documento "Autorización de salida del menor", suscrito por el (los) padre(s) ausente(s) al momento de la salida de Colombia.
REQUISITOS:
- Presentación personal del padre(s) que no vayan a viajar con sus hijos desde Colombia
- Cédula de ciudadanía del (de los) padre (s) y una fotocopia. Si la salida de menor es para ser presentada en el Consulado de España para los trámites de visado, debe traer DNI o NIE y fotocopia del mismo.
- Número de Registro Civil o Pasaporte del menor
- Si usted tiene cualquier tipo de tarjeta de crédito o débito podrá cancelar el valor del trámite directamente en la ventanilla al momento de realizar el trámite, de lo contrario debe Ingresar el importe exacto( Ver tarifas
) a nombre del Consulado General de Colombia en el Nº de Cuenta 0182-1797-32-0208000358 del Banco BBVA.
- Presentar el Recibo original de consignación.
(Si hace usted una transferencia bancaria, desde otro Banco, debe esperar dos dias hábiles. Pasados estos dias usted podra presentarse en el Consulado para realizar su trámite)
EL DAS exige el documento original de la Autorización de Salida de Menor y la presentación de un Registro Civil del menor autenticado en la notaria correspondiente.
Formularios:
1. Salida de menor 1 padre CONSULADO. 
2. Salida de menor 1 padre DAS.doc 
Nota: aunque los menores nacidos en España hijos de padre o madre colombiano(a) quienes no han sido registrados como colombianos, no necesitan la autorización de salida de menor de Colombia; les informamos que hemos conocido casos en los que funcionarios del DAS han solicitado este documento con el fin de proteger la seguridad de los menores. Este trámite tiene un costo que varía según el cambio del dólar.
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