VISAS

PAISES QUE LE EXIGEN VISA A LOS COLOMBIANOS, más información aquí 
Recuerde, cada visado se debe tramitar en elconsulado del país hacia donde vá a viajar.

SOLICITUD DE VISADO PARA INGRESAR A COLOMBIA
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Es competencia discrecional del Gobierno Nacional, autorizar el ingreso o permanencia de los extranjeros en el país.
El extranjero deberá presentarse personalmente al Consulado para la respectiva entrevista y no se recibirá la documentación cuando se encuentre incompleta.
El tiempo de estudio y trámite de toda solicitud de visa puede tomar hasta tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha de entrega de los documentos en el consulado; en el caso de visados de Cooperante o Voluntario de ONG, Residente Calificado, Residente Familiar de Nacional Colombiano y Cortesía con vigencia superior a 90 días, requieren autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia y puede tomar hasta seis (6) días hábiles.
La vigencia de la visa se contará a partir de la fecha de su expedición, por tanto se recomienda realizar no solicitar el visado con una antelación mayor a tres (3) meses del viaje.
Cualquier inexactitud en la información suministrada o en los documentos que sustentan la solicitud, será causal de negación o cancelación de la visa o inadmisión al territorio nacional.
Los registros civiles de nacimiento y de matrimonio, diplomas y certificados de estudio, y documentos públicos expedidos en el exterior, deberán ser debidamente traducidos al castellano, notariados y apostillados de conformidad con lo establecido por las normas del Código de Procedimiento Civil.
Costos de Visas: ver tarifas visados
El trámite se realiza solo con CITA PREVIA aquí: via web
Formulario SC-FO-15 SOLICITUD DE VISA. Descárguelo aquí
Formulario SC-FO-07 COMPROMISO INFORMAR DAS. Descárguelo aquí
Formulario SC-FO-11 RESUMEN CONTRATO VISA TEMPORAL TRABAJADOR. Descárguelo aquí
REQUISITOS VISADOS
TEMPORAL |
TRABAJADOR  |
CONYUGE O COMPAÑERO PERMANENTE  |
PADRE O MADRE NACIONAL COLOMBIANO. SE SUPRIME. Ver requisitos Residente Calificado. |
RELIGIOSO |
ESTUDIANTE  |
ESPECIAL |
Tratamiento Médico  |
Intervenir en Procesos Adm o judiciales  |
Socio o Propietario de Establecimiento de Comercio, Sociedad Comercial o Inmueble  |
Pensionado  |
Rentista  |
Cooperante o Voluntario de ONG, de Organización Internacional o Misión Diplomática  |
Trámites de Adopción  |
Oficios o Act de Carácter Independiente  |
Ejercicio de Act. No Previstas  |
| |
REFUGIADO O ASILADO  |
RESIDENTE |
CALIFICADO  |
INVERSIONISTA  |
FAMILIAR NACIONAL COLOMBIANO  |
CORTESIA  |
|
NEGOCIOS  |
|
TRIPULANTE  |
|
VISITANTE |
TURISMO  |
TEMPORAL  |
TÉCNICO  |
REQUISITOS PARA EL TRASPASO DE VISADOS
REQUISITOS PARA EL VISADO DE BENEFICIARIOS
Los nacionales de los países que se relacionan a continuación no requieren Visa Visitante para ingresar o permanecer en el territorio nacional en calidad de:
1. Visitante TURISTA. (Podrá permanecer en calidad de turista hasta 180 días dentros del mismo año calendario) Requisitos que deben ser presentados ante las autoridades migratorias:
1.1Pasaporte con vigencia mínima de tres (3) meses.
1.2 Dos fotocopias del tiquete de regreso al país de origen.
2.Visitante temporal. Requisitos que deben ser presentados ante las autoridades migratorias:
2.1 Pasaporte con vigencia mínima de tres (3) meses,
2.2 Carta indicando nombre de la Empresa o entidad, nombre persona de contacto, ciudad de ubicación y número telefónico (en lo posible no números celulares),
2.3 Dos fotocopias del tiquete de regreso al país de origen.
3. Visitante técnico. Requisitos que deben ser presentados ante las autoridades migratorias:
3.1 Pasaporte con vigencia mínima de tres (3) meses
3.2 Carta de responsabilidad de la entidad, en la que se justifique la urgencia del servicio requerido
3.3 Certificado de existencia y representación legal de la entidad solicitante
3.4 Dos fotocopias del tiquete de regreso al país de origen.
(El Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, podrá otorgar permiso de ingreso y permanencia a los visitantes extranjeros, cuando no se exija visa para su entrada al país, previa presentación del tiquete de salida)
- Alemania(República Federal de)
- Andorra (Principado de)
- Antigua y Barbuda
- Argentina (República)
- Australia
- Austria (República de)
- Bahamas ( Commonwealth)
- Barbados
- Bélgica (Reino de)
- Belice
- Bolivia (República de)
- Brasil (República Federativa del)
- Brunei- Darussalam
- Bután
- Canadá
- Checa (República)
- Chile (República de)
- Chipre (República de)
- Corea (República de)
- Costa Rica (República de)
- Croacia (República de)
- Dinamarca (Reino de)
- Dominica
- Ecuador (República de)
- El Salvador (República de)
- Emiratos Árabes Unidos
- Eslovaquia.
- Eslovenia
- España (Reino de)
- Estados Unidos de América
- Estonia
- Fiji
- Filipinas (República de las)
- Finlandia (República de)
- Francia
- Granada
- Grecia (República Helénica)
- Guatemala (República de)
- Guyana (República de)
- Honduras (República de)
- Hungría ( República de)
- Indonesia (República de)
- Irlanda
- Islandia (República de)
- Islas Marshall
- Islas Salomón
- Israel (Estado de)
- Italia
- Jamaica
- Japón
- Letonia
- Liechtenstein (Principado de)
- Lituania (República de)
- Luxemburgo (Gran Ducado de)
- Malasia
- Malta (República de)
- México (Estados Unidos de)
- Micronesia
- Mónaco (Principado de)
- Noruega (Reino de)
- Nueva Zelandia
- Países Bajos (Reino de los)
- Palau
- Panamá (República de)
- Papua Nueva Guinea
- Paraguay (República de)
- Perú (República de)
- Polonia
- Portugal (República de)
- Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte
- República Dominicana
- Rumania
- Saint Kitts y Nevis
- Samoa
- San Marino (República de)
- Santa Lucía
- Santa Sede
- San Vicente y las Granadinas
- Singapur (República de)
- Sudáfrica
- Suecia (Reino de)
- Suiza - Confederación Helvética
- Suriname
- Trinidad y Tobago
- Turquía (República de)
- Uruguay (República de)
- Venezuela (República Bolivariana de)
- Rusia
PARAGRAFO PRIMERO. - Tampoco requieren Visa Visitante los portadores de pasaporte de Hong Kong- SAR
Algunos tipos de visado requieren procedimientos especiales que tomarán más tiempo. Le recomendamos que soliciten sus visados con la mayor anterlación posible.
Última fecha de actualización: Octubre 2008
Importante(Recuerde que los costos oscilan según el cambio del dolar y se pagan en moneda local.)
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